Cuando esa actividad humana -intelectual o material- se dirige a obtener los bienes necesarios para los varios usos de la vida y principalmente para la propia conservación estamos frente a lo que es, propiamente tal, el trabajo.
Todos los días vemos a los miembros de nuestras familias, a los amigos y conocidos, en fin, a cualquier persona, trabajar de diversas formas, incluso en casi todo el mundo dedicamos un día a celebrar al trabajo y sus cultores, sin embargo pocas veces reparamos en sus características esenciales. La importancia de fijarnos en estas tiene relación con el enfoque que debemos dar al tratar el trabajo humano.
Por una parte, el trabajo se manifiesta como personal, en tanto que cada uno usa de las fuerzas que la naturaleza le ha dado en su utilidad y con ellas trabaja. Resulta ser además necesario, por cuanto necesita el hombre buscar el propio sustento y es este un deber primario. Desde estos dos aspectos fundamentales claramente podemos ver la necesidad de un salario justo que supera y se impone por su peso a la autonomía de la voluntad de trabajadores y empleadores . El trabajo, además, naturalmente tiene un doble aspecto que le es intrínseco, el de ser a una actividad tanto individual, en cuanto la realizan los hombres usando únicamente sus capacidades personales, como social, cuando la actividad productiva requiere de más esfuerzos que el propio . Por otra parte, es un modo de adquirir el dominio sobre las cosas, en tanto estas son transformadas por la acción del hombre, no siendo moralmente lícito a nadie privar al hombre de aquel trozo de naturaleza -universalmente destinada- que por su actividad ha transformado dejando plasmada en ella su propia personalidad . Finalmente, el trabajo es fuente de dignidad pues quién lo ejerce reafirma y actualiza no cualquier calidad sino la humana, y lo hace habilitándose por medio del propio trabajo para sustentar con honradez su vida .
En el tratamiento legal y social que ha recibido el trabajo a partir de finales del s. XIX, con la general desaparición de la esclavitud y la masificación del régimen de trabajo asalariado, han estado ausente la mayoría –sino la totalidad- de estas fundamentales características, lo que ha redundado en ver toda la legislación y, aún más, el concepto mismo del trabajo iluminado -o más bien oscurecido- por una pugna entre capitalistas y trabajadores, lucha de la cual no han surtido más frutos que el empobrecimiento de los más débiles y la disminución de la capacidad productiva de las naciones, ya sea que logren imponer sus demandas y puntos de vista los unos o los otros.
Es por eso que iniciando un nuevo siglo -en el que se celebran muchos aniversarios de la formación de los diversos estados- deben las diversas comunidades nacionales estudiar y desarrollar estos verdaderos principios del trabajo teniendo en cuenta sus realidades para fundar en ellos una nueva forma de enfrentar el trabajo y sus problemáticas.
Este gran desafío, que principalmente toca al Derecho Laboral, contiene en sí la necesidad de que -renovando los paradigmas y cambiando la falsa pugna entre capital y trabajo por una correcta unión de cooperación entre ambas fuerzas del proceso productivo- :
se avance hacia un salario justo, entendiendo por tal uno que permita al trabajador sustentar el desarrollo propio y familiar;
se de una justa participación en la ganancias que resultan de un proceso del que son parte los trabajadores, apuntando a una justa distribución y reafirmando así el carácter redistributivo de la propiedad privada;
se de un nuevo marco legal para el trabajo y sus diferentes formas que fomente y acoja las dimensiones personal, social y comunitaria de esta misma actividad;
se de cuenta de la recepción del principio general de que el trabajo es un modo de adquirir el dominio; y
se considere al trabajo estructurado en base a al hombre y no a la producción, que es producto de la actividad de éste y de la interacción con el capital.
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